Acciones 
Primas de asistencia a juntas y ejemplo práctico 

¿Qué es una prima de asistencia a una junta?

Las primas de asistencia a juntas son las cantidades abonadas por la sociedad a sus accionistas como gratificación por asistir a las Juntas Generales o Extraordinarias de la sociedad.

¿Hay que declarar estas cantidades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

Las cantidades percibidas se consideran rendimientos de capital mobiliario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que derivan de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad. La retención aplicable es del 15% y si la prima se recibiese en especie el ingreso a cuenta también sería del 15% sobre su valoración onetaria.

El importe resultante se integra en la declaración del accionista con aplicación de los siguientes porcentajes:

  • Con carácter general: 140%.
  • Cuando proceda de las entidades indicadas en el artículo 26.2 LIS: 125%.
  • Cuando proceda de las entidades indicadas en el artículo 26 apartados 4 y 5 de la LIS: 100%.

Por lo que respecta a las deducciones, dependiendo de su integración en la base imponible tendrá derecho a una deducción en cuota del 40%, 25% o 0%. Las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota líquida podrán deducirse en los 4 años siguientes. Al igual que ocurre con  los dividendos, solo son gastos deducibles los derivados de la administración y depósito de valores negociables.

Ejemplo práctico: "Primas de asistencia a juntas"

Concepto Importe
Importe de la prima de asistencia 0,24 €/acción
Número de acciones 600 acciones
Importe del rendimiento 144,24 € fè Rendimiento de capital mobiliario
Retención 15% * 144,24 € = 21,63 €
Rendimiento a integrar en Base imponible 144,24 * 140% = 201,94 €
Tipo de gravamen (15 _ 45%)
Deducción en cuota del Impuesto 144,24 € * 40% = 57,7 €
Retención deducible 144,24 * 15% = 21,63 €

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