Acciones 
Compra de acciones a crédito y ejemplo práctico 
Las compras a crédito de acciones permiten la adquisición de acciones disponiendo únicamente de un 35% -en concepto de garantía inicial- de su valor, mientras que el importe restante es financiado mediante un crédito concedido automáticamente por la entidad financiera que interviene, una vez que se haya firmado el contrato y que se tenga conocimiento de las posibilidades de inversión del cliente. Al inversor le corresponde pagar los intereses al final de cada plazo.

Si no se cumplen las expectativas del cliente y el precio de las acciones desciende un 10% o más, el inversor deberá aportar una nueva garantía. Con la compra a crédito de acciones se adquieren los derechos económicos de las acciones; es decir, dividendos, primas de asistencia a juntas, bonus, descuentos, derechos de suscripción preferentes. etc.

Como, en definitiva, se está asumiendo un préstamo y soportando los intereses derivados del mismo, la operación compensará cuando al termino del plazo establecido la ganancia obtenida sea superior a los costes incurridos.

¿Son deducibles los intereses derivados de dicha operación?

Desde un punto de vista fiscal, la Ley del IRPF no permite la deducción ni de los intereses ni de la parte de capital o principal del préstamo que se vaya amortizando. En el Impuesto sobre Sociedades (IS) estas operaciones se consideran como gastos financieros cuando se deriven de la utilización de recursos financieros ajenos, siempre que tales recursos se destinen a financiar actividades de la empresa o sus elementos de activos. Son gastos fiscales los gastos y comisiones de formalización del crédito y el pago de los intereses.

Ejemplo práctico: "Compra de acciones a crédito"

Tenemos la siguiente operación de compra de acciones a crédito:

Concepto Importe
Compra a crédito de acciones 600 títulos
Precio de adquisición de las acciones 6,01 € por acción
Garantía a aportar 35% del total de la inversión
Préstamo 65% del total de la inversión
Interés anual exigido 10%

Vamos a analizar las repercusiones fiscales en diferentes supuestos:

Caso 1: Cancelación de la operación y revalorización del 10% en el precio de la acción

Concepto Importe
Valor de adquisición de las acciones 3.606,07 €
Valor de venta de las acciones 3.966,67 €
Devolución del préstamo 2.343,94 € (65% de 3.606,07)
Pago de intereses del préstamo (No deducible fiscalmente) 234,4 € (10% de 2.343,94 €)
Importe de la variación patrimonial (ganancia) 360,60 €
Tipo de gravamen si el periodo de generación de la ganancia es inferior a 1 año (15 _ 45%) x 360,60 €
Tipo de gravamen si el periodo de generación de la ganancia es superior a 1 año 15% x 360,60 €

Caso 2: Cancelación de la operación y pérdida del 10% en el precio de la acción

Concepto Importe
Valor de adquisición de las acciones 3.606,07 €
Valor de venta de las acciones 3.245,46 €
Devolución del préstamo 2.343,94 € (65% de 3.606,07 €)
Pago de intereses del préstamo (No deducible fiscalmente) 234,39 € (10% de 2.343,94)
Importe de la variación patrimonial (pérdida) -360,60 € (3.245,46 _3.606,07)
Compensación de pérdidas con periodo de generación inferior a 1 año Se compensa con todas aquellas ganancias patrimoniales con periodo de generación inferior a 1 año o con el 10% del resto de rendimientos del trabajo, de capital o imputaciones de renta previstas en la Ley
Compensación de pérdidas con periodo de generación superior a 1 año Se compensa con todas aquellas ganancias patrimoniales con periodo de generación superior a 1 año
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