Acciones 
Derechos de suscripción preferente y ejemplo práctico 
  • Es el derecho preferente del que disfrutan los accionistas y los titulares de obligaciones convertibles de suscribir acciones de la empresa en el momento de ampliación del capital mediante la emisión de nuevas acciones. Este derecho de suscripción es transmisible en el mercado de valores. El valor teórico del derecho de suscripción preferente se calcula a través de la siguiente formula:

Valor Tº= Nan(Pn-Pa) / (Na+Nn)

En donde:

Nan: número de acciones nuevas entregadas por cada acción antigua.
Pa: precio de las acciones antiguas.
Pn: precio de las acciones nuevas.
Na: número de acciones antiguas.
Nn: número de acciones nuevas.

  • Por lo que respecta a las implicaciones fiscales de la enajenación de dichos derechos, habría que diferenciar dos supuestos:
  • Enajenación de derechos de suscripción preferentes de acciones cotizadas: el importe de la operación disminuye el valor de adquisición de las acciones. Se podrían plantear dos supuestos:

    • Importe obtenido en la transmisión no exceda del valor de adquisición de las acciones de las cuales proceden: los efectos fiscales se producen con la transmisión de las acciones. El valor de adquisición de los títulos se minora en el importe obtenido por la venta de los derechos de suscripción.

    • Importe obtenido en la transmisión exceda del valor de adquisición de las acciones de las cuales proceden: el exceso tributaría como ganancia de patrimonio en el periodo impositivo que se produzca, manteniendo la antigüedad de las acciones originarias. Posteriormente en el momento de la venta o transmisión de las acciones y para el calculo del incremento o disminución patrimonial, el valor de adquisición de las mismas a efectos fiscales será cero.

  • Enajenación de derechos de suscripción preferentes de acciones no cotizadas: el importe obtenido en la transmisión tributa como incremento de patrimonio para el transmitente en el periodo impositivo en que se produce la transmisión manteniendo la antigüedad de las acciones originarias.

Ejemplo práctico: "Derechos de suscripción preferente"

Un inversor compró acciones de Banco de X por valor de 12.020,24 €) con fecha de 04/04/1997. Durante el periodo impositivo 2004 realizó las siguientes operaciones:

  1. Venta de derechos de suscripción preferente del Banco de X por importe de 6.012,12 € y con fecha de 20/04/2004.
  2. Venta de un segundo paquete de derechos de suscripción preferente del Banco de X por importe de 7.212,15 € y con fecha de 02/08/2004.

Solución

Paso 1: El importe de la venta de los derechos de suscripción preferente (20/04/2004) es inferior al precio de adquisición de las acciones ( 6.010,12 € < 12.020,24 €) por lo que tendremos un menor valor de adquisición de las acciones. El nuevo valor de adquisición = 6.010,12 €.

Paso 2: El importe de la venta de los derechos de suscripción preferente (02/08/2004) es superior al precio de adquisición de las acciones ( 7.212,15 € > 6.010,12 €) por lo que tendremos una variación patrimonial (ganancia patrimonial). Elimporte de la ganancia: 1.202,02 €. Obsérvese que el precio de adquisición de las acciones se remonta al 04/04/1997, lo cual es importante a la hora de saber el tipo de gravamen a aplicar. En este caso al mediar más de un año desde la fecha de adquisición hasta la transmisión de los derechos de suscripción preferente, el tipo al que va a tributar la variación patrimonial será del 15%.

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