Los mayores beneficios fiscales, como ya hemos mencionado en los puntos anteriores, se derivan del mantenimiento de las acciones en la cartera del inversor durante al menos un año y un día de esta manera lograr tributar al tipo fijo del 15%. No obstante, y desde 1-1-2003 podría ser planteable _en caso de obtener ganancia y siempre que se desee continuar invirtiendo en otra IIC- _traspasar_ (reinversión total) el importe obtenido a otra IIC, en cuyo caso no se procederá computar ganancia patrimonial alguna. En el caso de pérdidas, hay que tener en cuenta que el _traspaso_ de posiciones a otra IIC no permitirá computar _y por tanto- compensar fiscalmente la pérdida obtenida. |