Depósitos bancarios 
Tributación de los depósitos en el Impuesto sobre el Patrimonio 
A efectos del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y siempre que no sean por cuenta de terceros, los depósitos y las imposiciones a plazo se computarán por el saldo que arrojen a 31 de diciembre, salvo que aquél resultase inferior al saldo medio correspondiente al último trimestre del año, en cuyo caso se aplicará este último.

Por último, hay que tener en cuenta que para el cálculo del saldo medio del último trimestre no se tendrán en cuenta los fondos traspasados a otras cuentas o depósitos ni los que hayan sido destinados a comprar bienes o derechos que figuren en el patrimonio o a cancelar o reducir deudas.

Recuerde:

Están obligados a presentar declaración, Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español, cuando su patrimonio neto resulte superior a 108.182,18 €, o cuando no dándose esta circunstancia el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 601.012,10 €.

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