Acciones 
Trascendencia de la antigüedad de las acciones 
La antigüedad o periodo de permanencia de los valores en el patrimonio del sujeto tiene una trascendencia fundamental a efectos fiscales puesto que a mayor antigüedad de las acciones transmitidas, mayores beneficios fiscales establece la normativa tributaria:

  • Acciones con antigüedad inferior o igual a un año: si entre la fecha de adquisición de las acciones y la fecha de su venta media un año o menos, la ganancia (precio de transmisión menos precio de adquisición) tributará según el tipo de gravamen general que estipula la ley (máximo 45%), sin aplicación de ningún beneficio fiscal ya que tributa como cualquier otra renta.

  • Escala estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

    Base Liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo aplicable
    Hasta _ _ Hasta _ Porcentualmente
    0 0 4.000 9,06
    4.000 362,409.800 15,84
    13.800 1.914,7212.000 18,68
    25.800 4.156,3219.200 24,71
    45.000 8.900,64En adelante 29,16

  • Escala Autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

    Base Liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo aplicable
    Hasta _ _ Hasta _ Porcentualmente
    0 0 4.000 5,94
    4.000 237,60 9.800 8,16
    13.800 1.037,28 12.000 9,32
    25.800 2.155,68 19.200 12,29
    45.000 4.515,36 En adelante 15,84
  • Acciones con antigüedad superior a un año: si entre la fecha de adquisición de las acciones y la fecha de su venta media más de un año, la ganancia (precio de transmisión menos precio de adquisición) tributará al tipo de gravamen especial del 15%.

    • Acciones adquiridas antes de 31/12/1994: la ganancia patrimonial se verá reducida, en su caso, por la aplicación de los coeficientes correctores del 25%, en el caso de acciones que cotizan, y del 14,28%, si no cotizan, y esto se hará por cada año que exceda de dos, redondeando por exceso el número de años que van desde la fecha de compra hasta el 31/12/1996. Estas ganancias (ya reducidas) se integran en la base imponible especial tributando al tipo fijo del 15%.

Régimen transitorio
(Elementos adquiridos con anterioridad a 31/12/1996)
Porcentaje de la ganancia patrimonial
Permanencia en el patrimonio hasta el 31-12-96 del bien transmitido General Acc. Cot. Oficial
1. año 100 100
2º año 100 100
3ª año y 30/12/1994 85,72 75
4º año y 30/12/1993 71,44 50
5º año y 30/12/1992 57,16 25
6º año y 30/12/1991 42,88 0
7º año y 30/12/1990 28,6 0
8º año y 30/12/1989 14,32 0
9º año y 30/12/1988 0 0
10º año y 30/12/1987 0 0
Siguientes 0 0

Ejemplo de ganancia patrimonial obtenida a más de un año y con aplicación del régimen transitorio:

Supongamos que un particular ha adquirido acciones del Banco Popular el 30/12/1992 y que las vende con fecha de 02/02/2004, la diferencia entre el precio de compra y el de venta es de 12.020,24 euros. ¿Qué cantidad pagaría en concepto de impuestos?

Acciones Banco Popular
Importe de la ganancia patrimonial 12.020,24 _
Años transcurridos desde la fecha de adquisición (30/12/1992) hasta 31/12/1996 4 años
Años transcurridos redondeando por exceso (lo exige la normativa fiscal) 5 años (desde el 30/12/1992 hasta el 31/12/1996 hay 4 años y 1 día, suficiente para redondear por exceso hasta 5 años
Porcentaje de reducción (se trata de acciones cotizadas) 75% (no olvidar que se aplica para cada año que exceda de dos = (5 años _ 2) * porcentaje reductor = 3 * 25%
Importe a integrar en la base imponible (parte especial) del IRPF 3.005,06 _ (12.020,24 _ * 25%)
Tipo de gravamen 15%
Tipo de gravamen & Impuesto a pagar 3.005,06 _ * 15% =   450,76 _
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