Acciones 
Reducción de capital con devolución de aportaciones y ejemplo práctico 
La reducción de capital es una operación societaria que consiste en la disminución de los fondos propios de la sociedad.

Existen dos causas principales por las que se realizan este tipo de operaciones: que el capital de la empresa exceda de las necesidades de la misma, o que la empresa se encuentre en una situación de debilidad económico-financiera y necesite ajustar sus niveles de fondos propios y ratios financieros.

La reducción motivada por un exceso de capital social sobre el realmente necesario, cuya finalidad es la devolución de aportaciones a los socios, suele ser utilizada también como una forma de remuneración a los accionistas.

La reducción de capital con devolución de aportaciones a los socios minora el valor de adquisición de los valores afectados, pero si el importe de la devolución supera aquel valor, el exceso tributa como rendimiento del capital mobiliario, sin que se encuentre sujeto a retención ni tenga derecho a deducción por doble imposición de dividendos.

Si la reducción de capital procede de beneficios no distribuidos, la totalidad de las cantidades percibidas tributarán como un dividendo. Es decir se integrarán aplicando los coeficientes del 140%, 125% o 100% y el preceptor tendrá derecho a computar la correspondiente deducción por doble imposición interna.

Ejemplo práctico: "Reducción de capital con devolución de aportaciones"

El Sr Martín el 3/1/1998 adquiere 1.000 acciones a un precio de 6 euros de valor nominal de una sociedad que cotiza en Bolsa. El 5/8/1999 la sociedad reduce capital en un 40% para devolver aportaciones a los socios. Así por cada acción se reciben 2,4 euros en metálico quedando el valor por acción en 3,6 euros. El 2/7/2004 vende las acciones a 4 euros cada una:

  • Reducción: no se produce rendimiento del capital mobiliario, sin embargo el valor de adquisición de las acciones pasa a ser:

    1000 x 6 = 6.000
    -1000 x 2,4 = 2.400

    3.600

  • Transmisión: en este caso sí que se produce una ganancia patrimonial generada en más de 1 año:

    Valor de transmisión (1000 x 4) 4.000
    Valor de adquisición (1.000 x 3,6) -3.600

    Ganancia patrimonial a integrar en la base imponible 400

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