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Los pasos a seguir para la constitución de un fondo de inversión son los siguientes:- En primer lugar, es necesaria una autorización por parte de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (DGTPF), tramitada a través de la CNMV.
- Tras este primer paso, el fondo de inversión se constituye mediante una o varias aportaciones iniciales, quedando documentado en un contrato que debe formalizarse en escritura pública otorgada por una sociedad gestora y un depositario.
- Posteriormente, la escritura autorizada debe inscribirse en el Registro Mercantil y en el correspondiente registro en la CNMV.
- Una vez que se ha producido la inscripción en el Registro, el patrimonio constituido pasa a considerarse un fondo de inversión.
- La DGTPF puede no autorizar la creación de un nuevo fondo de inversión cuando no se cumplan los requisitos previstos para conseguir y conservar dicha autorización.
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