Fondos de inversión 
Tributación de los fondos de inversión en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) 
Las participaciones en fondos de inversión (mobiliarios, inmobiliarios, etc.), con independencia de su admisión, o no, a cotización, se valorarán a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) por su valor liquidativo a 31 de diciembre de cada año. Este valor se determinará conforme a la legislación específica de estos instrumentos.

Recuerde:

Están obligados a presentar declaración, las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español, cuando su patrimonio neto resulte superior a 108.182,18 €, o cuando no dándose esta circunstancia el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 601.012,10 €.

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